SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1235/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1235/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 26 de abril de 2004, cursante de fs. 10 a 11, el recurrente asevera que dentro de la ejecución de sentencia del proceso de divorcio seguido con Julia Pérez, los bienes gananciales deben dividirse conforme el Auto de 24 de abril de 2000 emitido por la Sala Civil Segunda, que dispuso con relación al camión con placa de control CSI-739 la presentación de la minuta de transferencia para determinar el precio; en ese entendido, la Jueza de la causa por Auto de 29 de agosto de 2002 le conminó a cancelar el monto del camión en el 50% que le correspondía a su ex-esposa, es así que canceló el monto de Bs10.000.- acompañando el documento de transferencia que se suscribió en vigencia del matrimonio, cinco años antes de la demanda de divorcio.

La parte contraria presentó recurso de apelación contra el indicado Auto de 29 de agosto de 2002, que fue resuelto por Auto de Vista de 18 de marzo de 2004 dictado por los vocales recurridos, ordenando en su parte resolutiva el secuestro del camión para que previo avalúo por un perito de oficio sea rematado y con su producto se entregue el 50% en favor de la parte contraria; decisión que considera injusta y contraria a lo dispuesto en el Auto de Vista de 24 de abril de 2000, ya que el secuestro y avalúo actual atentan a su economía y al debido proceso ya que el camión en cuestión fue transferido el año 1992, por lo que además conculca el derecho al trabajo del nuevo propietario al ser su herramienta de trabajo, por lo que interpone el presente recurso.