SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1250/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1250/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

III.4.

III.4. En el caso que se revisa, de los antecedentes que cursan en el expediente se constata que dentro del proceso penal instaurado respecto al vehículo de referencia, el recurrente fue excluido oportunamente del mismo, habiendo acompañado la literal que respalda su derecho de propiedad respecto a ese bien,  por lo que no corresponde imponer en su contra la sanción del decomiso de su motorizado,  al no concurrir las circunstancias o presupuestos jurídicos referidos precedentemente; sin que ello implique, definir derechos propietarios respecto del referido motorizado, en razón de que dada la naturaleza y fines del proceso penal, esta definición corresponde a otra jurisdicción.

Por consiguiente, al haber dispuesto el decomiso de placas de control del mencionado motorizado y negarse posteriormente a ordenar la devolución de la vagoneta ilegalmente decomisada  -toda vez que la determinación judicial estaba dirigida sólo a la placa de control-,  la autoridad judicial demandada incurrió en un acto ilegal que atenta contra el derecho de propiedad del recurrente, derecho que conforme a la doctrina, consiste en la potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona para poseer, usar y gozar de un bien, sea de carácter material, intelectual, cultural o científico; de donde resulta que con dicha actuación, la autoridad recurrida ha restringido el derecho al trabajo del recurrente al impedir que pueda desarrollar sobre el vehículo reclamado las  actividades dirigidas a generar su sustento diario y el de su familia, por lo que corresponde brindar la tutela demandada.