SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
procedente
La Resolución de 78/2004 de 28 de mayo (fs. 59 a 61), declaró procedente el recurso, disponiendo que la autoridad recurrida restituya a su fuente de trabajo al actor y sea en el día, bajo apercibimiento de ser sometido a proceso penal en caso de incumplimiento, fundándose en que en el caso de autos se evidencia que el recurrente fue destituido en mérito a una denuncia de que hubiese infringido las normas que regulan su conducta de maestro, por lo que correspondía iniciarle proceso interno conforme al Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias y si llegaba a determinarse la existencia de faltas gravísimas, proceder a su destitución en aplicación del art. 13.c) de la Resolución Suprema (RS) 212414 de 21 de abril de 1993 y al no haberse procedido así se infringió los derechos al trabajo y al debido proceso.