SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2004-R

Fecha: 12-Ago-2004

III.2

III.2          Cabe señalar, por otra parte, que los recurrentes con relación al derecho al trabajo hicieron mención al art. 7.h) de la CPE, relativo al derecho de petición, entendido como “la facultad de toda persona para dirigirse a las autoridades públicas a fin de reclamar, pedir u observar alguna cosa que le incumbe a aquella, consagrándose como un derecho de los ciudadanos tendiente a morigerar el poder omnímodo del Estado, constituyéndose en un instrumento de particular importancia para que la sociedad civil pueda controlar a sus autoridades y hacer valer sus derechos” (SC 275/2003-R, entre otras), hecho del que tampoco hubo prueba.