SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2004-R

Fecha: 23-Ago-2004

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, en ausencia del representante del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso, fundamentando lo siguiente: a) el amparo constitucional es subsidiario y el Tribunal de amparo no constituye una instancia judicial; b) la recurrente formuló tercería de dominio excluyente que fue declarada improbada por el recurrido y al haber sido apelada la resolución emitida, mediante Auto de 16 de marzo de 2004 se concedió la alzada, estando vigente dicha determinación por no constar resolución de ejecutoria y c) en el caso presente se alegó que los bienes embargados son gananciales; empero, este aspecto debe ser resuelto en las instancias correspondientes al estar pendiente de resolución la mencionada apelación, situación que determina la improcedencia del recurso.