Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1331/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.6
II.6 El 8 de junio de 2004, el demandado solicitó se deje sin efecto el mandamiento de apremio expedido, al haberse dispuesto su libertad bajo juramento luego de haber cumplido seis meses de reclusión (fs. 27 y vta.); por decreto de 9 de junio de 2004, el Juez de la causa no dio lugar a lo solicitado, toda vez que el mandamiento de apremio se expidió -según afirma- en cumplimiento del art. 436 del Código de familia (CF) previa aprobación de la liquidación practicada (fs. 28). El 14 de Junio de 2004 se reitera la solicitud para que se deje sin efecto el mandamiento de apremio (fs. 29 y vta.), no dándose lugar a los solicitado por decreto de 15 de junio de 2004.