SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 130 a 131, pronunciada el 7 de junio de 2004, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara improcedente el recurso, con costas y una multa de Bs2.000.-, bajo estos fundamentos: 1) el Tribunal Constitucional aprobó la Sentencia pronunciada por la Sala Penal Tercera mediante SC 1934/2003-R, de 18 de diciembre, dejando sin efecto las medidas cautelares que suspendían el remate y que fueron solicitadas por los recurrentes, rechazándose en ese orden, la tutela jurídica solicitada, con lo que cualquier reclamación que habría podido surgir dentro del procedimiento de auxilio judicial, quedó rechazada; 2) en el otro amparo interpuesto por el mismo recurrente contra el mismo Juez y que se refiere a las medidas cautelares mencionadas, éstas han quedado definitivamente desechadas por la SC 249/2004-R; 3) el procedimiento de ejecución forzosa de Laudo Arbitral “se halla plagado” de incidentes promovidos por el recurrente que restan seriedad a la tramitación y la constante interposición de amparos constitucionales desvirtúan la esencia de este recurso extraordinario, existiendo conducta desleal e incorrecta en el recurrente porque ha ocultado que conocía las Resoluciones de sus anteriores amparos, que datan de hace tiempo, pretendiendo sorprender a ese Tribunal.