SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1372/2004-R
Fecha: 23-Ago-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Señala que habiéndose presentado al concurso de méritos y examen de competencia convocado por la COTAP Ltda. para el cargo de Jefe de Planificación, ocupó el primer lugar, emergente de ello el Gerente General mediante memorando J.P. 058/2004 de 29 de marzo lo designó en tal cargo asumiéndolo desde el 1 de abril del presente año.
Expresa que sorpresivamente, sin que se le haya sometido a proceso administrativo ni exista causal para ello, el 5 de mayo de 2004, mediante nota 070/2004 emitida por quien lo designó, se le destituyó del cargo, lo que considera lesivo al derecho al trabajo y la garantía de su estabilidad, siendo los derechos laborales irrenunciables, “intransigibles” (sic) y de orden público, ninguna persona natural o jurídica los puede desconocer, existiendo arbitrariedad en la conducta de los recurridos acude a la jurisdicción constitucional.