SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1379/2004-R
Fecha: 20-Ago-2004
III.2.
un contrato de trabajo a plazo fijo suscrito entre ASFADE y la actora, cuya vigencia fenecía el 31 de diciembre de 2003, no es menos evidente que ASFADE tomó conocimiento del estado de embarazo de la recurrente antes de la conclusión del indicado contrato, como consta del Certificado de Atención Prenatal emitido por la Caja Nacional de Salud, a lo que se suma que permitió a la actora desarrollar normalmente sus labores una vez terminado su contrato a plazo fijo; lo que conlleva además una tácita reconducción del contrato de trabajo a plazo fijo, conforme reconoce el art. 31 de la Ley general del trabajo.
Frente a las circunstancias descritas, la empresa ASFADE representada por la recurrida, debió cuidar que tanto la nueva empresa (ADECO), -contratada por ENTEL para realizar las labores que en la gestión 2003 estaban a cargo de ASFADE-, como ENTEL, -al ser la entidad donde los recursos humanos contratados prestan sus servicios-, mantengan a la actora en sus funciones en mérito a la inamovilidad funcionaria de la que goza por su estado de embarazo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad, motivo por el cual no se la puede dejar sin el sustento que requiere en ese periodo ni privarle de los subsidios y otros beneficios que el ordenamiento jurídico acuerda a favor de la trabajadora embarazada, todo en observancia de los arts. 193 de la CPE, 11 LGT y 1 de la Ley 975 de 2 de marzo de 1988. En ese sentido se ha pronunciado la jurisprudencia constitucional en las SSCC 505/00-R, SC 1109/2003, 68/2003-R y 0264/2004-R.
Por consiguiente, el despido verbal de la actora constituye un acto ilegal que contradice la normativa precedentemente citada, por lo que la recurrente merece la concesión de la tutela solicitada a fin de restituir los derechos fundamentales vulnerados, como la salud, el trabajo y la estabilidad laboral.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y réplica del recurso
- I.2.2. Informe de la recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.