AUTO CONSTITUCIONAL 494/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 494/2004-CA

Fecha: 08-Sep-2004

apelación de la Sentencia de 24 de marzo de 2001

Del Auto de Vista de 14 de julio de 2004 pronunciado por los Conjueces de la Corte Superior de Santa Cruz, Armengol Arnez G. y Bismarck Osinaga Toledo y lo expuesto por el recurrente, se evidencia que el mismo es pronunciado como emergencia del recurso de apelación de la Sentencia de 24 de marzo de 2001 dictada dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Santa Cruz S.A. contra  Bolivia Mahogany S.R.L., recurso formulado por la parte demandada; en consecuencia, de conformidad al entendimiento jurisprudencial establecido en la SC 0042/2003, de carácter vinculante, el plazo para el pronunciamiento del auto impugnado es el establecido por el art. 204.III del CPC, es decir, treinta días desde el sorteo del expediente y no el establecido por el art. 245 del CPC  de seis días como señala el recurrente, entendimiento errado, sin asidero legal alguno.