AUTO CONSTITUCIONAL 494/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 494/2004-CA

Fecha: 08-Sep-2004

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Argumenta el recurrente que de la interpretación combinada y conjunta de los arts. 245, 140, 142 y 209 del Código de Procedimiento Civil (CPC), se tiene que los Conjueces recurridos, al pronunciar el Auto de Vista de 14 de julio de 2004 dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Santa Cruz S.A. contra Bolivia Mahogany S.R.L., procedieron sin competencia, por cuanto la perdieron al  vencimiento del plazo establecido en el art. 245 del CPC, es decir, el último momento hábil del 20 de junio de 2004, siendo la resolución impugnada nula de pleno derecho por expreso mandato del art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE).