I. ANTECEDENTES
Por memorial de fs. 211-214 del expediente, José Eduardo Añez Paz en representación de la Sociedad Comercial Bolivia Mahogany S.R.L. interpuso recurso directo de nulidad contra Armengol Arnez Gutiérrez y Bismarck Osinaga Toledo, Conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, demandando la nulidad del Auto de Vista de 14 de julio de 2004 pronunciado dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco de Santa Cruz S.A. contra la empresa representada, con el argumento de que el citado auto de vista fue pronunciado sin competencia, por cuanto las autoridades recurridas la perdieron al vencimiento del plazo establecido en el art. 245 del Código de Procedimiento Civil, es decir, el último momento hábil del 20 de junio de 2004; recurso que fue rechazado por Auto Constitucional 494/2004-CA de 8 de septiembre de 2004 en base a las consideraciones expuestas en el mismo.
- José Eduardo Añez Paz en representación de la Sociedad Maderera “Bolivia Mahogany S.R.L.”
- I. ANTECEDENTES
- Fragmento 3
- II. ANÁLISIS DE LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL RECURSO
- “Cuando el recurso carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo”,
- el recurso
