AUTO CONSTITUCIONAL 538/2004-CA- Bis
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 538/2004-CA- Bis

Fecha: 29-Sep-2004

no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Resolución Ministerial 1/80  de 11 de enero de 1980

En el caso que se examina, promovido a instancia de parte, no se da la situación prevista por el citado art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por cuanto  conforme señalan los Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional remitentes, la resolución que deban pronunciar en el recurso de casación interpuesto por  Silvia Alicia Cristina, Cynthia, Claudia Patricia, Vilma y Roxana Claudia todas Anaya Ferrel Barrera, contra la Sentencia de 9 de julio de 2004 dictada por el Balois Cabrera Román, Juez Agrario de Cochabamba dentro de la demanda de reivindicación y acción negatoria formulada por las nombradas contra Rubén Salvatierra y otros, no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Resolución Ministerial 1/80  de 11 de enero de 1980, por cuanto no se demanda la reversión de tierras y menos la nulidad de títulos ejecutoriales expedidos a favor de los demandados.