SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2004-R

Fecha: 07-Sep-2004

III.1.

III.1. En la problemática que se analiza, el recurrente impugna actos ilegales en los que supuestamente hubiesen incurrido por una parte, la Coordinadora del Seguro Médico Gratuito de Vejez, dependiente -como señala el propio actor- del Ministerio de Salud; y por otra, las Directoras de Operaciones y General del Tesoro, dependientes del Ministerio de Hacienda. Pues bien, dada la subsidiariedad del amparo constitucional, correspondía al recurrente antes de interponer el presente recurso, acudir ante los superiores jerárquicos de los indicados funcionarios en las respectivas carteras de Estado e inclusive ante el propio Ministro del área de que se trate, puesto que conforme lo ha señalado este Tribunal en amplia jurisprudencia, como por ejemplo la contenida en la SC 1805/2003-R, de 5 de diciembre, “(…) la tutela que brinda el amparo constitucional está referida a los casos en que han sido agotados los medios que la ley otorga para tal objeto, puesto que dicho recurso tiene como característica la subsidiariedad y no puede ser utilizado como un mecanismo alternativo o sustitutivo de protección, hecho que desnaturalizaría su esencia. Esa previsión está contenida en el art. 19 de la Constitución cuando expresa que la sentencia concederá el amparo 'siempre que no hubiera otro medio o recurso legal, para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'”.