Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.3.
II.3. Previa citación personal a uno de los ejecutados y cedularia en el domicilio señalado a los otros demandados (fs. 17 vta. y 20 vta.) y al no haberse opuesto excepciones, la Jueza de la causa dictó Sentencia 283/2001 de 10 de agosto, declarando probada la demanda con costas (fs. 21). Por Auto de 22 de septiembre de 2001, la Jueza declaró ejecutoriado dicho fallo (fs. 23 vta.).