Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1542/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.4.
II.4. Mediante carta de 31 de marzo de 2004 (fs. 36) los co-recurridos Miguel Terrazas B., Lorgio Rojas Siles y José A Pérez Parada respondieron a la solicitud del recurrente puntualizando que por motivos de enfermedad hizo abandono de la Línea cesando igualmente en el cumplimiento de sus obligaciones societarias por más de los seis meses previstos en el art. 36 del Estatuto del Sindicato, sin embargo, le comunicaron que dicho Directorio lo invitaba a continuar usufructuando la Línea que le fue asignada, previo pago de todas sus obligaciones adeudadas hasta esa fecha.