SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1551/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1551/2004-R

Fecha: 27-Sep-2004

procedente

a)  El día señalado para la audiencia de conciliación, el recurrente se presentó a ese actuado judicial, en el que el Fiscal recurrido ordenó se expida mandamiento de aprehensión en su contra al amparo del art. 226 del CPP, conforme consta en el requerimiento respectivo, pasándolo al Juez cautelar con la respectiva imputación formal en el término señalado en la norma citada.

b)  De acuerdo al art. 224 del CPP si el citado no se presenta ni justifica impedimento legítimo, la autoridad expedirá mandamiento de aprehensión, lo que no sucedió en el caso en cuestión ya que el imputado se presentó no siendo pertinente librar mandamiento de aprehensión en su contra, constituyéndose su detención en indebida.