0033/2005-R, de 7 de enero
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0033/2005-R, de 7 de enero

Fecha: 21-Ene-2005

5.

5.  Finalmente, a juicio de la Magistrada que suscribe, el tribunal de origen, al  resolver el recurso de hábeas corpus, no debió ingresar a considerar si el razonamiento jurídico que fundó la resolución de rechazo de la solicitud de cesación, fue correcta o no, por cuanto su función en este tipo de recursos esta limitada a establecer si el recurrente ha sido objeto de una ilegal o indebida detención.