I.2. Argumentos jurídicos del recurso
En cuanto al primer punto, argumenta que dichas autoridades judiciales fueron designadas por Decreto Supremo 27650 de 30 de julio, el cual fue declarado Inconstitucional mediante Sentencia Constitucional 129/2004 de 10 noviembre, y la resolución impugnada fue pronunciada el 23 de noviembre, por lo que son incompetentes.
Vulnerando además lo previsto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), toda vez que no se pronunciaron sobre los aspectos de fondo y de forma, ni fundamentaron la resolución, y en lugar de hacer un examen de la valoración de la prueba y explicar el motivo del rechazo del recurso, se limitaron a hacer transcripciones.
