Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2005-R
Fecha: 20-Ene-2005
II.4.
II.4. A través de oficio de 19 de enero de 2004, el recurrente recordó a la Presidenta del Concejo Municipal la denuncia formulada el 4 de septiembre de 2003 y solicitó se emita el pronunciamiento correspondiente (fs. 14), reiterando su petitorio por oficio de 24 de enero de 2004 (fs. 15). La Presidenta del Concejo, mediante comunicaciones internas 066/2003-2004 de 26 de enero de 2004 y 072/2003-2004 de 3 de febrero de 2004 remitió ambas notas a la Comisión de Ética (fs. 37 y 39).