AUTO CONSTITUCIONAL 0544/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0544/2005-CA

Fecha: 26-Oct-2005

II.1.

II.1.  Conforme establece el  art. 81 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso directo de nulidad se interpondrá dentro del plazo de treinta días computable a partir de la notificación con la Resolución impugnada; a su vez, el art. 31.1) de la LTC establece que cuando no se cumplan los requisitos exigibles en cada caso,  es atribución de la Comisión de Admisión rechazar los recursos.