APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31-num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 5 de septiembre de 2005, pronunciada por el Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, mediante la cual rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteado por Edward Anthony Burke demandando la inconstitucionalidad del art. 4.II de la Ley 1760.
