AUTO CONSTITUCIONAL 513/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 513/2005-CA

Fecha: 14-Oct-2005

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 26 de septiembre de 2005 dentro de la denuncia interpuesta por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, Santiago Berríos Caballero “interpone recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad”, señalando que los Tribunales Disciplinarios de la Policía Nacional son autónomos e independientes en el ejercicio de sus funciones, estando sometidos sus fallos a las leyes y reglamentos, siendo incensurables en casación.

Manifiesta que en lo que a su persona se refiere, debe tenerse en cuenta que no ha sido sujeto procesal en el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, por lo que jamás ha tenido competencia en la decisión de los casos que ha conocido ese Tribunal, el mismo que dictó una Resolución que se estaría constituyendo en la razón del proceso de investigación de sus propios componentes, interviniendo de esta manera como Juez y parte, de manera que todo lo actuado tiene visos de violación a la constitucionalidad.

Aduce que la pretensión de investigar con objeto de iniciar proceso contra quienes fueron parte del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, constituye un desconocimiento de los principios de autonomía e independencia del Tribunal que tuvo la valentía de actuar conforme a derecho y justicia; por otra parte, esa pretensión también atenta contra el debido proceso, pues se intenta incorporar en dicha investigación a una persona ajena a la estructura del Tribunal Disciplinario Superior, es decir a quien no es sujeto procesal, lo que constituye una violación  de los arts. 16, 215 y 229 de la Constitución Política del Estado (CPE).