APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución 02/2005 de 27 de septiembre, pronunciada por la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de la Violencia Política (CONREVIP), rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada por Jaime Manuel Tapia Alipaz.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó el incidente
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y normas constitucionales infringidas
- II.2.1.
- 3.-
- dentro de aquellos procesos judiciales o administrativos,
- II.2.2.
- Fragmento 9
- carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo
- APRUEBA
