AUTO CONSTITUCIONAL 535/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 535/2005-CA

Fecha: 24-Oct-2005

3.-

En el caso de autos, se establece que la incidentista omitió exponer los fundamentos jurídicos de la supuesta inconstitucionalidad, y la razón por la cual considera que la norma impugnada es incompatible con la Constitución o en qué forma la contradice; por otra parte, tampoco menciona la vinculación de dicha norma con los derechos que estima lesionados, limitándose a hacer referencia al art. 16 par. II y IV de la CPE;  finalmente, la  incidentista no hace alusión a la relevancia que tendrá el precepto legal impugnado en la decisión de fondo, omisiones que hacen improcedente la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental  de inconstitucionalidad.