APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31.num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I num. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 7 de septiembre de 2005, pronunciada por la Jueza de Instrucción de Guarayos del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada por Concepción Oquendaqui Bae demandando la inconstitucionalidad del art. 49 de la LAPCAF.
