SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2005-R

Fecha: 03-Oct-2005

1)

Por su parte el Director Administrativo interino de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Afines, informa: 1) la entidad al ser un ente gestor de seguridad social se encuentra dentro del campo de aplicación de la Ley General de Trabajo, pudiendo en su caso ampararse el DS 21060 con referencia a la libre contratación; 2) desde la fecha de su retiro han pasado más de seis meses y las instancias a las que equivocadamente acudió el actor como el Ministerio de Salud y Deportes, le contestaron que los motivos que determinaron su alejamiento del cargo fueron valederos por haber cometido graves irregularidades como el giro de cheques sin el consentimiento de la Dirección Ejecutiva, compra irregular de teléfonos celulares, alteración en beneficio propio de la planilla salarial, y pese a todo, fue el Directorio de la entidad la que recomendó y en última instancia determinó su retiro; 3) en el proceso que erróneamente se señala, ninguno de los postulantes alcanzó a cumplir con los requisitos mínimos, al extremo que el recurrente ni siquiera esta colegiado en la entidad que agrupa a los economistas de La Paz, condición sine quanon para optar el cargo, además, tampoco había el Decreto  que respalde el proceso de la supuesta “institucionalización”; 4) la Caja de Salud de Caminos y Ramas Afines fue creada por Ley 924 de 15 abril de 1987 y definida su estructura administrativa por DS 22578.