SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1332/2005-R
Fecha: 26-Oct-2005
II.1.
II.1. Dentro de la etapa preparatoria seguida contra el actor y otros, por Auto de 28 de febrero de 2005, la Jueza recurrida dispuso la detención preventiva del actor - René Rojas Picachuri -, en la cárcel pública de San Antonio, bajo los siguientes argumentos: a) haberse encontrado en su poder una mochilla con un mil doscientos veinticinco gramos de marihuana y cuarenta gramos de cocaína, lo que determinaría la probabilidad de su participación en el delito previsto en el art. 48 con relación al 33 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008); b) no constar en antecedentes elementos de que el actor tenga familia, domicilio y trabajo lícito, presuntamente porque se dedicaría a actividades ilícitas existiendo peligro de fuga conforme a las circunstancias descritas en los arts. 234 incs. 1), 2) y 7 del CPP; c) siendo que en la actividad ilícita del narcotráfico participan varias personas proporcionando o adquiriendo sustancias controladas, existe el riesgo de que los imputados - se entiende incluido el recurrente -, en libertad pueden comunicarse con ellas e influir negativamente para que informen falsamente en su beneficio o bien a la inversa, así como para destruir, modificar suprimir o alterar elementos de prueba que puedan llevar a la verdad histórica de los hechos, conforme a las circunstancias previstas en el art. 235 numerales 1 y 2 del CPP.