SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1349/2005-R

Fecha: 31-Oct-2005

a)

La autoridad demandada en el informe cursante de fs. 152 a 154 y en audiencia manifestó lo siguiente: a) el actor no agotó los recursos idóneos que franquea la ley, como la del juzgado de trabajo que prevé el DL 38 de 1944; b) el recurrente no se presentó a su fuente de trabajo desde el 23 de junio de 2004 hasta el 1 de julio del mismo año, constituyendo dicha figura en abandono de trabajo, de acuerdo al art. 41 inc. f) del Estatuto del funcionario público (EFP); c) en ningún momento se han violentado los preceptos contenidos en el DL 38, a más de que se dio cumplimiento a la Resolución Prefectural PSD/DJD/01/2004, de 6 de diciembre. Pidió se declare improcedente el recurso.