Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2005-ECA
Fecha: 14-Nov-2005
II.2.
II.2. Con relación a las expresiones vertidas en el memorial de solicitud de enmienda y complementación, corresponde llamar la atención al abogado que lo suscribe por su contenido desaprensivo que atenta contra la dignidad y respeto que se debe guardar a este Tribunal, por lo que se deberá notificar con el presente Auto Constitucional al Colegio de Abogados de Cochabamba a efectos consiguientes.