AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0058/2005-RCA

Fecha: 03-Nov-2005

Fragmento 8

         Finalmente, sobre el supuesto incumplimiento  del requisitote contenido establecido en el parágrafo VI del art. 97 de la LTC, esto es precisar el amparo que solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados, queda claro que las recurrentes piden que: a) el superintendente municipal se limite a ejercer sus funciones, puesto que no tiene atribuciones para intervenir en la elección y posesión de directiva alguna; b) se les devuelva los documentos sustraídos, dineros y el baño público administrado por esa directiva y c) se les restituya a sus cargos como miembros de la directiva de la Asociación del Mercado “Modelo Obispo Indaburo”.