AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0062/2005-RCA

Fecha: 07-Nov-2005

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 28 de abril de 2005, cursante de fs. 39 a 40, el recurrente expresa que en su calidad de socio activo de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Comunal “Empetrol” Ltda., el 26 de marzo de 2005, se postuló a la convocatoria de elecciones para formar parte del Consejo de Administración y Vigilancia; empero, fue inhabilitado por el Comité Electoral mediante nota de 11 de abril de 2005, porque supuestamente habría causado daños económicos a la institución, al no haber recuperado dineros apropiados indebidamente de la cooperativa, cuando ejercía el cargo de Presidente del Consejo de Administración -anteriormente-; indica que tal acusación es temeraria, porque no existe ningún proceso interno en su contra, ni ha sido objeto de sanción alguna; al contrario, las personas recurridas, han inobservado los arts 70 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, que establece que la exclusión de un socio sólo puede ser acordada en asamblea general,  y 11.c) de su Estatuto Orgánico que establece el derecho a elegir y ser elegido.

Añade, que el Comité Electoral no tiene facultades para inhabilitar a los postulantes, y no obstante ser inapelables sus resoluciones, el 18 de abril de 2005, mediante nota escrita pidió la reconsideración de la medida adoptada, empero no tuvo una respuesta oportuna, razón por la cual nuevamente y bajo amenaza de amparo constitucional reiteró su solicitud mediante carta notariada, habiendo obtenido respuesta negativa pero con otro fundamento, ya que se le indicó que si en su momento hubiera presentado un informe legal, su inhabilitación hubiera sido reconsiderada. Hechos que vulneran sus derechos de petición, a la igualdad y a la seguridad jurídica, citando al efecto a los ats. 7 inc. h) y 40 inc.1) de la Constitución Política del Estado (CPE); por lo que interpone el recurso de amparo constitucional, solicitando como medidas cautelares la suspensión de las elecciones.