AUTO CONSTITUCIONAL 0578/2005-CA
Fecha: 17-Nov-2005
I.3.
I.3. A través del memorial enviado vía fax el 24 de octubre de 2005 (fs. 25 a 31), la recurrente interpuso recurso de reposición contra el AC 510/2005-CA, a través del cual se rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad de referencia, argumentando que cumplió con la identificación de las normas constitucionales infringidas y su vinculación con la norma impugnada, habiendo precisado el derecho lesionado; por otra parte, señaló que si bien el Tribunal Constitucional ejerce el control de constitucional sobre normas generales o resoluciones normativas, no así sobre normas particulares, sin embargo la jurisprudencia anotada en los Autos Constitucionales 342/2004, 307/2004, 306/2004, 305/2004, entre otros, señala que la Resolución particular se fundamenta en una norma general o resolución normativa definiendo derechos subjetivos, decisiones motivadas en normas generales o Resoluciones normativas.