SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1405/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional

Mediante decreto de 15 de julio de 2005, se solicitó al Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz la remisión de la documentación requerida (fs. 201-202), disponiéndose la conminatoria de dichas autoridades ante su  inobservancia por decreto de 3 de agosto de 2005 (fs. 206), e imponiéndoles por decreto de 17 de agosto de 2005 (fs. 209) una sanción pecuniaria de Bs200.- por el incumplimiento en la remisión de la documentación requerida.

Por oficio 213/2005, de 23 de agosto, los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, informaron sobre la imposibilidad de remitir los actuados procesales referidos a la etapa preparatoria del proceso penal que motiva el presente recurso, por encontrarse los mismos en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal Cautelar del Distrito Judicial de La Paz, solicitando en consecuencia dejar sin efecto la sanción pecuniaria impuesta (fs. 218 a 219); mediante decreto de 30 de agosto de 2005, se dispuso no ha lugar al pedido realizado por los Jueces Técnicos mencionados al no haberse informado oportunamente de esta situación que implicó un retraso en el trámite procesal del recurso; requiriéndose al mismo tiempo al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal remitir la documentación solicitada mediante AC 235/2005-CA, de 2 de junio (fs. 220).