SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1434/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.2.
II.2. Andrés Orellana Uriona -ahora recurrente- por memorial de 10 de mayo de 2004 dirigido al Tribunal Tercero de Partido de Sustancias Controladas, solicitó en la vía incidental la devolución del vehículo, tipo vagoneta, color blanco, placa de control 1031-SEE, chasis CE960087186, motor ICI529303 (fs. 54-55). El 6 de julio de 2004, el Tribunal Tercero de Sustancias Controladas, resolviendo el incidente, dictó Resolución mediante la que dispuso la devolución al recurrente del referido vehículo (fs. 9-10), Resolución de la que tomó conocimiento el Director Distrital de Bienes Incautados -recurrido- mediante oficio 575/04, de 17 de julio a efectos de que proceda a la devolución del motorizado en el término de setenta y dos horas (fs. 11).