SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1455/2005-R
Fecha: 15-Nov-2005
improcedente
La Sentencia de 26 de septiembre (fs. 68 y vta.), resolvió declarar improcedente el recurso, fundándose en que en la audiencia realizada el 8 de septiembre de 2005 se dispuso como medida cautelar la detención preventiva de los imputados en la Cárcel Pública de Palmasola. En el mismo acto realizado el 8 de septiembre, se incluyó en la parte final que los imputados cuentan con el plazo de setenta y dos horas para formular apelación; recurso que no utilizaron, sino que acudieron directamente al presente hábeas corpus ante la creencia de que el mismo no es subsidiario, lo que no condice con lo establecido por la SC 160/2005-R, de 23 de febrero que señala que el hábeas corpus debe plantearse cuando se han agotado los medios ordinarios que pueden hacer uso los procesados.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Medios de impugnación específicos y aptos contra las resoluciones sobre medidas cautelares
- III.4.
- APROBAR