AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2005-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2005-O

Fecha: 06-Dic-2005

I.1.

I.1.  En el memorial presentado el  31 de octubre de 2005, la recurrente aduce que  pese a haberse emitido la SC 1221/2005-R, el 30 de septiembre, y de acuerdo al libro de recepciones radicó en la Sala Penal Segunda el 12 de octubre, desde entonces “han transcurrido  más de 7 días” sin que se realice la audiencia de amparo, en  franco  desafío a la ley, sancionado por el art. 179 Bis del Código penal (CP),  pese a que ya se cometió el delito de retardación de justicia tipificado en el art. 177 del CP, y existe un total encubrimiento  a las autoridades recurridas,  al margen que su accionar está “delimitado dentro de la sanción del art. 153 del CP”.