AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2005-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2005-O

Fecha: 06-Dic-2005

II.1.

  II.1. La SC  1221/2005-R, de 30 de septiembre,  revocó el Auto de 19 de febrero de 2005 emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, y dispuso  que la misma continúe con la tramitación y resolución inmediata y oportuna del recurso de amparo que se encuentra admitido por Auto de 14 de enero, debiendo remitir su Resolución a este tribunal en el término de ley, ordenando la remisión de antecedentes al Consejo de la Judicatura en el marco de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), con el fundamento que no obstante  estar legalmente admitido, el Tribunal de Amparo rechazó el recurso argumentando la falta de presentación de prueba  en que la parte recurrente apoye su pretensión, cuando ese aspecto no fue observado en forma oportuna ni se concedió el término que la ley prevé para subsanarlo, al margen de la demora injustificada en que  incurrieron los vocales en la tramitación de las excusas que se formularon.