I.2.
I.2. Por lo señalado, solicita “compulsar inmediatamente el recurso de Amparo Constitucional, debiendo para el efecto señalar día y hora previa notificación de las partes recurridas y su posterior remisión ante el Tribunal Constitucional, para su revisión”. Asimismo, pide la remisión ante el Ministerio Público, de los autores materiales de los delitos mencionados.
