I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
En el escrito recibido el 22 de noviembre de 2005, Santiago Tórrez Castillo presenta queja y denuncia que no obstante de que la Sentencia Constitucional referida al exordio, en su parte resolutiva no determina la existencia de responsabilidad civil, ni tampoco lo dispuso la Jueza de amparo, ésta en ejecución de Sentencia procede a calificar los daños y perjuicios en mérito a una solicitud formulada por el recurrente, por lo que mediante providencia de 9 de septiembre de 2005, sin notificarse previamente con la SC 0617/2005-R a los demás recurridos, arbitrariamente dispuso el traslado de la solicitud y abrió término probatorio, por cuyos motivos su persona solicitó se deje sin efecto dicha providencia, empero, la Jueza por Auto de 30 de septiembre de 2005 se abstuvo de conocer su solicitud aduciendo que lo que resuelva será elevado en revisión ante el Tribunal Constitucional, asimismo, por Auto de 3 de octubre de 2005 ordenó la notificación personal a todos los recurridos con las actuaciones, sin anular obrados hasta el momento de la notificación con la SC 0617/2005-R. Solicita se anulen todas las providencias y autos ilegalmente dictados y en especial el Auto de apertura de prueba para la calificación de daños y perjuicios.
