Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2005-RCA
Fecha: 07-Dic-2005
improcedente in limine
Mediante Resolución 40/2004 de 16 de junio, el Tribunal de amparo, Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente in limine el recurso, con el fundamento de que fue interpuesto fuera del plazo de los seis meses fijados por el Tribunal Constitucional, ya que desde la Resolución impugnada a la fecha de interposición de la demanda de amparo, han transcurrido seis meses y dos días.