AUTO CONSTITUCIONAL 0097/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0097/2005-RCA

Fecha: 12-Dic-2005

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente indica que en 1999 interpuso querella contra Carmen Jiménez Lozano de García, José Luis Alfredo Cabezas Cuiza, Norah Berna Revollo Campos y otros, pero ante la permanente inconcurrencia a las audiencias por parte de los imputados y por los frecuentes incidentes que interpusieron con el propósito de dilatar el proceso, recién se dictó sentencia el 28 de febrero de 2003, la que en apelación fue confirmada el 28 de mayo de ese mismo año, pero en casación, los Vocales recurridos dictaron el Auto de Vista de 24 de enero de 2005, que hoy se impugna, sin pronunciarse sobre el recurso de casación, habiendo declarado extinguida la acción penal. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.