AUTO CONSTITUCIONAL 0631/2005-CA
Fecha: 13-Dic-2005
APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4), concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, APRUEBA la Resolución de 12 de noviembre de 2005 pronunciada por Juan Marcos Terrazas R. y Marlene Pino de Terán, Vocal de la Sala Penal Tercera y Presidenta de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba respectivamente, que rechaza la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada a instancia de Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros, María Cristina Erquicia Peralta, Nagara Hipólita Villegas y María José Veizaga Ponce de León por Ingeniería Rocha Ltda., demandando la inconstitucionalidad del art. 518 del CPC y el art. 61 de la LTC.