SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1544/2005-R

Fecha: 01-Dic-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela a los derechos de su representada a la seguridad jurídica, a la libertad de locomoción, a no ser detenido sin las formalidades legales, a la presunción de inocencia, a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado en proceso legal y al debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a) y g) y 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por los recurridos, pues el Jefe de la División Económicos y Financieros de la PTJ recurrido, pese a que anteriormente por memorial dirigido al Fiscal correcurrido había señalado su domicilio procesal y real, sin que hubiera sido citada y sin que exista flagrancia; además, sin competencia, la arrestó y luego la condujo a dependencias de la PTJ, donde además la detuvo indebidamente. Por su parte el Fiscal recurrido, consintió que el Policía correcurrido la detuviera, cuando el único que tiene facultad para emitir mandamiento de aprehensión es el Juez, a quien el Fiscal no presentó ningún requerimiento debidamente fundamentado que justificara su detención, que también fue indebida porque los delitos por los que fue denunciada no ameritaban ninguna detención; empero, el Fiscal para sustentar su actuación indebida agregó de oficio el delito de robo. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.