Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2005-R
Fecha: 13-Dic-2005
II.2.
II.2. El 4 de octubre de 2000, el Oficial de Diligencias representó que la imputada no quiso salir de su domicilio para ser citada con el mandamiento de comparendo y que mandó decir con sus hijos que no se encontraba, por lo que no pudo ser notificada; sin embargo, no existe la diligencia de notificación que haga constar ese extremo, ni la referida representación lleva firma del testigo de actuación (fs. 27 vta.).