Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1639/2005-R
Fecha: 15-Dic-2005
III.4.
III.4. Por último, con relación a los demás actos denunciados como ilegales, como el allanamiento y registro de domicilio sin orden judicial, las limitaciones a la defensa técnica y el hecho de haber sido puesto a disposición de la prensa, se debe aclarar que los mismos no constituyen causa directa de alguna restricción o vulneración a la libertad del recurrente; circunstancia por la cual no pueden ser consideradas a través del presente recurso de hábeas corpus, que tiene como única finalidad resguardar el derecho a la libertad en los casos en que éste hubiera sido vulnerado.