SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

1)

La Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia, en el informe escrito que cursa de fs. 47 a 49, señala: 1) su autoridad consideró abandono malicioso la actitud del recurrente, ya que éste conocía plenamente que la audiencia de juicio oral estaba señalada para el 18 de abril de 2005, habiendo presentado su renuncia cuatro días antes de su celebración, lo que ocasionó se designe un Defensor de Oficio, quien el mismo día de la audiencia pidió su suspensión, hecho que dilató la celebración del juicio y ocasionó gastos al Estado, toda vez que los jueces ciudadanos son remunerados; 2) por ética, el recurrente debió hacer conocer su renuncia al imputado con antelación para que tome los servicios de otro abogado, habiendo contravenido así el art. 21 del Código de ética profesional de la abogacía (CEPA); 3) la actuación del recurrente no se limitó a la audiencia de medidas cautelares, habiendo inclusive presentado memoriales firmando por el imputado desde la etapa preparatoria e intervenido en otras actuaciones; 4) el recurrente no debió abandonar a su cliente cuatro días antes de la celebración del juicio, sino que conforme al art. 80 de la Ley de la abogacía (LA) solicitar se le regulen sus honorarios una vez concluido el juicio.

Como quedó precisado en el punto anterior, la causa de pedir contiene dos elementos: 1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso; 2) el elemento normativo, es decir, los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente; sin embargo, como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicar desde el punto de vista causal, cómo esos hechos han lesionado el derecho en cuestión”.