SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 4 de mayo de 2005 (fs. 2 a 3 vta.), manifiesta que al no ser cancelados sus honorarios por el patrocinio en una audiencia de apelación a Jorge Hurtado Chávez, llevada a cabo el 1 de abril de 2005, a la conclusión de la misma comunicó a la esposa del indicado pasara por su oficina para recoger el pase profesional, ya que no podría asistirlo en el juicio oral de 18 de abril de 2005 por el mismo motivo, sin que haya tenido ninguna comunicación al respecto, por lo que se vio obligado a presentar directamente el pase al Tribunal el 14 de abril de 2005; en respuesta, el 16 del mismo mes y año, en el piso de la puerta de su oficina encontró un memorial con un Auto de 14 de abril del Tribunal de Sentencia de Montero, notificado el 16 del mismo mes donde se le multa con Bs7.400.- por abandono malicioso, del cual interpuso recurso de reposición, habiendo el Tribunal “afirmado” la Resolución quedando ejecutoriada.

Sostiene que no existe abandono malicioso porque el juicio recién se celebró el 18 de abril de 2005 y su renuncia no ocasionó la suspensión de ningún acto procesal, a más de que la Jueza designó Defensor de Oficio, siendo que la renuncia es un derecho exclusivo del abogado. Por otro lado, la recurrida al señalar que contravino los deberes de lealtad e información del estado de la causa, usurpó funciones de la Comisión de Ética del Colegio de Abogados, violando el art. 31 de la CPE, ya que el juzgamiento de sus funciones como abogado corresponde a dicha Comisión y no al Juez de la causa.