Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1662/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega la vulneración de su derecho a percibir una justa remuneración por su trabajo por parte de la autoridad recurrida, aduciendo que desde que fue designado como Sub Alcalde, el Municipio no le pagó sus sueldos ni tampoco las duodécimas de aguinaldo que le correspondían no obstante haber cumplido con su trabajo, por lo que se vio obligado a renunciar ante el Alcalde recurrido, quien no lo quiso atender cuando lo buscó para este objeto. Consiguientemente, corresponde analizar si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.