Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1681/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.1.
II.1. El 5 de abril de 2004, el FONVIS en liquidación contrató a Luis Fernando Claure Iporre como consultor, suscribiendo al efecto el acuerdo de prestación de servicios C-048/04 (fs. 36 a 39). Mediante adenda FNVSL/AD/ALD/10/1/05, de 3 de enero de 2005 se introdujo algunas modificaciones a las obligaciones contractuales declarando la invariabilidad de las demás cláusulas y condiciones del contrato (fs. 40 a 43).